Notaría


El Notario da fe pública de la escritura, es decir, certifica la operación y podrá ser elegido libremente por el solicitante de entre los que operen en la plaza de la finca hipotecada o del domicilio fiscal del solicitante. Se consideran gastos de notaría: 1) los que se producen por el otorgamiento de la escritura del préstamo hipotecario. Estos aranceles tienen como base imponible lo que se llama "responsabilidad hipotecaria", aplicándose un porcentaje de tarifa establecido legalmente sobre esta base. 2) importe de los flojos utilizados y de las copias expedidas, el cual está asimismo establecido de forma legal.